BOLETÍN OFICIAL Nº 94 – 24/08/18

Dra. Marisa Rondon-Juez Habilitada-Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaria N° 3, en el Expte. N° B-036053/14 caratulado: “Cobro De Alquileres o Arriendo: Rojas, María Teresa c/Barcena, Marcelo Daniel y Hoyos, María Inés”, hace saber al Sr. Marcelo Daniel Barcena, que se ha dictado el siguiente Proveído de fs. 175: “San Salvador de Jujuy, 31 de Julio del 2018.- 1.- Conforme a las constancias de autos, a lo solicitado por la codemandada en autos Sra. María Inés Hoyos en el escrito que antecede y atento a los reiterados intentos sin resultado positivo, de notificación al demandado Sr. Marcelo Daniel Barcena de la resolución que lo declara rebelde, procédase a notificar la providencia de fs. 100 mediante Edictos (Art. 195 del C.P.C.).- 2.- Notifíquese (art. 155 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Marisa Rondón-Juez Habilitada-Ante mi: Proc. María Beatriz Baillo-Firma Habilitada”.- Providencia de fs. 100: “San Salvador de Jujuy, 02 de septiembre del 2016.- Atento al informe actuarial que antecede, el que se tiene presente y a lo solicitado por la Dr. María Del Huerto Dolores Gamarra De Vargas Duran en el escrito que antecede declárese la Rebeldía del accionado Sr. Marcelo Daniel Barcena en la presente causa (Art. 195 del C.P.C.).-Asimismo, no habiendo sido el accionado notificado en persona desígnasele al Sr. Marcelo Daniel Barcena, un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, que por turno corresponda, a fin de que tome en autos la debida participación como representante de la misma (Art. 196 C.P.C.).- Notifíquese (art. 155 y 156 del C.P.C.). Fdo. Dra. Silvia E. Yécora- Juez -Ante mí: Dra. M. Emilia Del Grosso-Prosecretaria”.-Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres (3) veces en cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 31 de Julio de 2018.-

 

22/24/27 AGO. LIQ. Nº 15004 $465,00.-