BOLETÍN OFICIAL Nº 93 – 22/08/18

DECRETO Nº 6790-DH/2018.-

EXPTE. Nº 0771-0030/17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 JUN. 2018.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio N° 2390 y los Anexos N° I y II, celebrado en el marco del “Programa de Promoción de la Autonomía Personal y Accesibilidad Universal para Adultos Mayores” para la implementación de un Proyecto, entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representado por su titular, Dra. Yael Bendel y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy; representada por su titular, Lic. Ada Cesilia Galfre; y

CONSIDERANDO:

Que, el mencionado Convenio, tiene como objeto promover la Independencia y la autonomía de las Personas Mayores a través de la accesibilidad, la adecuación del hábitat, el diseño, la creación y el uso de ayudas técnicas posibiliten una mejor calidad de vida de las mismas;

Que, el objeto apuntado precedentemente se compadece con las competencias acordadas a los organismos intervinientes por la normativa aplicable a la materia;

Que, a efectos de financiar la ejecución del mencionado Convenio,  la Secretaria Nacional ce Niñez, Adolescencia y Familia se compromete a transferir al Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy la suma de Pesos Ochenta Mil ($80.000.00), en concepto de subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas;

Que, en las cláusulas que conforman el Convenio se establecen las acciones a desarrollar en el ámbito de sus competencias, a las que se someten las partes intervinientes;

Que, a fs. 3/13 obra original del Convenio N° 2390 y los Anexos Nº I  y II suscripto en fecha 22 de Noviembre de 2016;

Que, a fs. 14/17 Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano emite dictamen de competencia, compartido a fs. 18 in fine, por el Coordinador del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos  necesarios para le emisión del presente Decreto;

Que, el Art. 3 Inc. 2 da la Constitución de la Provincia de Jujuy establece que la Provincia podrá celebrar tratados y Convenios con el Gobierno Federal, otras Provincias o Entes derecho Publico o Privado que favorezca intereses recíprocos o que contribuyan a progreso económico y social, por lo que la celebración del presente acuerdo se ha realizado en consonancia con lo allí dispuesto;

Por ello, en usos de las facultades que le son propias y a los fines de su  regularización  administrativa.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Téngase por aprobado el Convenio N° 2390, y los Anexos N° I y II suscripto en fecha 22 de Noviembre de 2016, entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representado por su titular, Dra. Yael Bendel y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, representada por su titular, Lic. Ada Cesilia Galfre; de conformidad a lo manifestado en el exordio.-

ARTICULO 2.- Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio, que se aprueba por el Artículo 1°.‑

ARTICULO 3°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas y Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial, remítase al Ministerio de Desarrollo Humano a sus efectos. Cumplido, archívese.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR