BOLETÍN OFICIAL Nº 92 – 17/08/18
Dr. Juan Pablo Calderón Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-054767/15, caratulado: “CREDINEA S.A c/ MAMANI JOSE ALBERTO S/ Ejecutivo” hace saber que se ha dictado el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 05 de julio de 2018.- Autos y Vistos: Considerando:…Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra de Mamani, José Alberto, D.N.I. 33.128.153, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Tres Mil Seiscientos Ochenta con Cincuenta Ctvos. ($3.680,50) aplicando al capital reclamado por la actora, el interés que se liquida por aplicación de la tasa activa, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05” (Sala I del Tribunal del Trabajo), Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: “Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro) y el cincuenta por ciento (50%) en razón de los punitorios, desde la mora (10/4/14) y hasta el efectivo pago. II.- Difiérase la regulación de honorarios de los letrados intervinientes hasta tanto se apruebe la planilla de liquidación presentada en autos. III.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.). IV.- Notificar la presente resolución al accionado por edictos y las futuras por Ministerio de la ley.- V.- Firme que se encuentre la misma deberá la parte actora practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia en el término de cinco días, bajo apercibimiento de Ley. VI.- Asimismo, incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa. VII- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes. Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón-Juez- Ante mi: Dra. Amelia del Valle Farfán. Prosecretaria”.- Notifíquese por edictos. Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, a los 31 días del mes de Julio del 2018.-
17/22/24 AGO. LIQ. Nº 14983 $465,00.-