BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 08/08/18
EXPTE Nº.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 ENE. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Modifíquese el artículo 2° del Decreto N° 6047-MCyT/2018, el que quedará redactado de la siguiente forma:”Crease el Ente Autárquico del Festival Internacional de Arte Sustentable Jujuy Corazón Andino, que tendrá a su cargo la producción y realización de los distintos eventos que compongan el mismo, conforme las facultades y atribuciones que se establecen en el artículo 6° de presente Decreto.”
ARTICULO 2º.-Modifíquese el artículo 7° del Decreto N° 6047-MCyT/2018, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Establézcase que los directores ejecutivos del ente autárquico del Festival Internacional de Arte Sustentable JUJUY CORAZÓN ANDINO, deberán presentar el proyecto de producción y presupuesto de dicho festival al Ministro de Cultura y Turismo de la provincia, para su aprobación.”
ARTÍCULO 3°.-El presente decreto será refrendado por los Ministros de Cultura y Turismo, y de Hacienda y Finanzas de la provincia.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR