BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 08/08/18
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C-057.065/15, caratulado: “Prepara Vía-Ejecutiva: TARJETA NARANJA S.A. c/ LOAYZA ARAMAYO, JUAN CARLOS”, se hace saber al demandado Sr. Loayza Aramayo, Juan Carlos, la siguiente Sentencia: “Salvador de Jujuy, 06 de Abril de 2018.- Autos y Vistos…Considerando…Resuelve: I.- Tener por presentado al Sergio Marcelo Cau Loureyro, Defensor Oficial del Ministerio Público de la Defensa Civil, tomando intervención por el demandado ausente, en virtud de lo dispuesto por el Art. 162 del C.P.C.- II.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por TARJETA NARANJA S.A., en contra de Loayza Aramayo, Juan Carlos, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos: dieciocho mil setecientos ochenta con ochenta y nueve centavos ($18.780,89.-), con más las costas del juicio y el interés a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, y establecer como punitorios el 50% de la tasa ordenada precedentemente, desde la mora y hasta el efectivo pago.- III.- Regular los honorarios del Dr. Carlos A. D. Aguiar, en la suma de pesos: cinco mil ($5.000.-), por su labor desarrollada en autos, suma esta que solo en caso de mora devengara intereses conforme tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, con más IVA si correspondiera.- IV.- Notificar la presente resolución al accionado en la persona del Sr. Defensor Oficial y mediante Edictos.- V.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- VI.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VII.- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes y a C.A.P.S.A.P..- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez. Ante Mí: Dra. Sandra Mónica Torres- Secretaria por Habilitación.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos. Secretaria: Dra. Sandra Mónica Torres- Secretaria por Habilitación.- San Salvador de Jujuy, 10 de abril de 2018.-
06/08/10 AGO. LIQ. Nº 14688 $465,00.-