BOLETÍN OFICIAL Nº 109 – 22/09/17

DECRETO Nº 3693-ISPTyV/2017.-

EXPTE Nº 600-427/2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAYO 2017.-

VISTO:

El pedido del Ministerio de Infraestructura Servicios Públicos Tierra y Vivienda para asignar trabajos adicionales al personal de su dependencia en el marco del Programa Hábitat del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda de la Nación, y;

CONSIDERANDO:

Que, el programa nacional prevé la implementación de acciones y medidas estratégicas con el objeto de dar solución al problema habitacional de sectores vulnerables de la sociedad en centros con déficit de viviendas, urbanización de barrios vulnerables, regularización de dominio y fortalecimiento comunitario;

Que, en el contexto del Convenio Marco de Colaboración y Convenio Específico suscrito con el Ministerio de Interior, Obras Públicas y Vivienda, Secretaria de Vivienda y Hábitat para la construcción de viviendas, urbanización de barrios vulnerables y mejoramiento del hábitat, la Provincia de Jujuy, asumió, entre otros, el compromiso de elaborar los proyectos, confeccionar los planos para la ejecución de las obras, obtener permisos y autorizaciones para llevar adelante los trabajos en tiempo y forma, previéndose exiguos plazos para la presentación de estos proyectos.-

Que, la Secretaría de Infraestructura dependiente del Ministerio de Infraestructura de provincia cuenta con personal profesional y técnicos capacitados para realizar las tareas específicas que demanda el cumplimiento de las exigencias del organismo nacional;

Que, la Dirección Provincial de Presupuesto informa la partida presupuestaria para afrontar el gasto que demande el cumplimiento del compromiso asumidos en el Convenio Específico;

Por ello, y en uso de facultades propias;

EL VICE-GOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

ARTICULO 1°.-Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2017-, Ley N° 6001/16, conforme se indica a continuación:…

ARTICULO 2°.-Autorizase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a imputar las erogaciones que se deriven del Expte. N° 600-427/2017: Secretaria de Infraestructura s/ solicitud de elaboración de proyectos ejecutivos-Programa Hábitat” a la Partida Presupuestaria que se indica en el Artículo 1°`), debiendo cumplir con las disposiciones vigentes en materia de contratación (art. 10 de la Ley N° 6001), procedimientos, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas.‑

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.‑

 

C.P.N. Carlos Guillermo Haquim

Vice-Gobernador de la Provincia

En ejercicio del Poder Ejecutivo