BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 03/08/18

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C-077726/16, caratulado: “Ejecutivo: CREDINEA S.A. c/ FRIAS MONICA BEATRIZ”, se hace saber a la demandada Sra. Mónica Beatriz Frías, la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 08 de Marzo de 2018.- I- Proveyendo la presentación de fojas 63: Atento lo manifestado, notifíquese la providencia de fojas 14 a la demandada Sra. Mónica Beatriz Frías, mediante Edictos-Art. 162 del C.P.C.- II- Notifíquese y expídase Edictos.- Fdo: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez-Ante mí Dra. Sandra Torres-Secretaria Habilitada.-  Providencia de fojas 14: “S. S. de Jujuy, 12 de Diciembre de 2016…, líbrese en contra de la demandada Mónica Beatriz Frías, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate por la suma de Pesos: Dieciséis Mil Seiscientos Veintidós con 92/100 ($16.622,92.-), en concepto de capital con más la suma de Pesos: Cuatro Mil Novecientos Ochenta y Seis con 87/100 ($4.986,87.-) calculada provisoriamente para acrecidas  y costas del juicio. En defecto de pago, trábese Embargo…., cíteselo de remate para que en el término de cinco días, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- III- Córrasele traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual término antes mencionado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- IV- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada, para que constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de Ley. (Art.52 del ítem).- V- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con los recaudos legales.- VI- Notifíquese y expídase Mandamiento.- Fdo: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez-Ante mí Dra. Sandra Torres-Secretaria Habilitada”.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria: Dra. Sandra Torres.- San Salvador de Jujuy, 08 de Marzo de 2018.-

 

30 JUL. 01/03 AGO. LIQ. Nº 14679 $465,00.-