BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 02/07/08

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETO N° 0405.08.008.-

EXPEDIENTE N° 16 – 5161- 00- 2.008.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  12 MAY. 2008.-

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:­

­ARTICULO 1°.-  Promúlgase la Ordenanza Municipal N° 5.038/2.008, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 3 celebrada el día 17 de Abril de 2.008, mediante la cual a partir de su promulgación el Departamento Ejecutivo deberá, en el plazo de diez (10) días corridos, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, la nómina completa de los Titulares de Licencias del Transporte Público Automotor Alternativo de pasajeros, en sus distintas modalidades de remises y taxis vigente a la fecha.-

 

Arq. RAUL JORGE

INTENDENTE

02 JUL. S/C.-