BOLETÍN OFICIAL Nº 85 – 01/08/18

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C-54759/15, caratulado: Ejecutivo: “CREDINEA S.A. c/ ROSALES DIEGO MARTIN”, se hace saber a la demandada Sra. Rosales Diego Martín, la siguiente Sentencia: Salvador de Jujuy, 09 de Marzo de 2018.- Autos y Vistos:..Considerando:..Resuelve: I.- Tener por presentado al Dr. Sergio Marcelo Cau Loureyro, Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en representación del demandado ausente Sr. Rosales Diego Martín, a mérito de las facultades conferida a fs. 77.- En consecuencia mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CREDINEA S.A., en contra de Rosales Diego Martín, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos: Seis Mil Veintinueve con 15/100- ($6.029,15),con más las costas del Juicio y el interés a la Tasa Activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de documentos, desde la mora y hasta el efectivo pago más un interés punitorio del 50% de la ordenada precedentemente.- II.- Imponer las costas a la vencida- Art.102 del C.P.C.- III.- Regular los honorarios del Dr. Ekel Meyer y Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, en la suma de $2.500 y $2.500, respectivamente, por su labor desarrollada en autos, suma esta que solo en caso de mora devengará intereses conforme Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, Cfr. S.T.J. LA. N’ 54 N’ 235 inre (“Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y Otros”), toda vez que la regulación esta vigente a la fecha de la presente y con más IVA si correspondiera.- IV.- Notificar la presente resolución a la accionada en la Persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y mediante Edictos.- V.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- VI.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VII.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes, C.A.P.S.A.P. y por Edictos.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez – Ante mí: Dra. Sandra Mónica Torres – Secretaria Por Habilitación.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaría.- Secretaria: Dra. Sandra Mónica Torres.- San Salvador de Jujuy, 09 de Marzo de 2018.-

 

01/03/06 AGO. LIQ. Nº 14683 $465,00.-