BOLETÍN OFICIAL Nº 16 – 06/02/17

Nº 258.- Escritura Numero Doscientos Cincuenta y Ocho.- Disolución Anticipada de “Baterías del Mercosur S.R.L.”. Designación de Liquidador.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil dieciséis, ante mí, MARIA LAURA MORALES, Escribana Titular del Registro Notarial número Setenta y cuatro, Comparecen: Eugenia Ovando, argentina, titular del Documento Nacional de Identidad número veintitrés millones quinientos diecisiete mil ochocientos sesenta y tres, CUIL/T número 27-23517863-5, nacida el día doce de octubre del año mil novecientos setenta y tres, quien manifiesta ser divorciada de sus primeras nupcias con Efraín Ase sin encontrarse en unión convivencial con persona alguna al día de la fecha, de profesión abogada, con domicilio real en Lote 2, Manzana 265, Loteo Labarta, Barrio Cuyaya de esta Capital y ROBERTO OVANDO, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad número veintitrés millones quinientos diecisiete mil ochocientos sesenta y cuatro, CUIL/T número 20-23517864-9, nacido el día doce de octubre del año mil novecientos setenta y tres, quien manifiesta ser casado en primeras nupcias con Andrea Josefina Bernardo, de profesión Licenciado en Administración de Empresas, con domicilio real en Avenida Illia número 217, Segundo Piso, Departamento C, Barrio Los Perales de esta Capital, ambos con domicilio legal en calle Yuchán Sur número 151, Barrio Los Perales de esta Capital, mayores de edad, quienes manifiestan no poseer al día de la fecha inscripta en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas declaración de incapacidad o restricciones a la capacidad en los términos de los artículos 44 y 45 del Código Civil y Comercial de la Nación, quienes justifican su identidad, a quienes conozco e identifico en los términos del apartado b) del artículo 306 del referido Código, doy fe, como así la doy de que concurren a este acto en el carácter de únicos socios integrantes de la totalidad del Capital Social de la razón social denominada “BATERIAS DEL MERCOSUR S.R.L.”, CUIT número 30-71214387-4, con domicilio legal en calle Yuchán Sur número 151, Barrio Los Perales de esta Capital, a merito de la siguiente documentación: Contrato Constitutivo celebrado mediante instrumento privado en fecha diez de noviembre del año dos mil once e inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy al Folio 109, Acta número 109, Libro IV de Sociedad de Responsabilidad Limitada y Asiento número 111, Folio 809/814, Legajo XVI, Tomo V de Escrituras Mercantiles de S.R.L, ambos en fecha 6 de diciembre de 2011, documentación que en original tengo a la vista para este acto y del cual surgen facultades suficientes para el presente otorgamiento, doy fe.- Y los comparecientes exponen: PRIMERO: a) Que por resolución unánime de todos sus socios adoptada en reunión extraordinaria de fecha quince de junio del corriente año, se dispuso disolver anticipadamente la razón social “BATERÍAS DEL MERCOSUR S.R.L.”, conforme a lo dispuesto por el artículo 94 inciso 1 de la Ley 19550. b) Que a tales efectos se solicitó la registración de dicha disolución en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, mediante Expediente número C-068158/16, caratulado: “BATERIAS DEL MERCOSUR S.R.L- INSCRIPCIÓN: DISOLUCION ANTICIPADA”, c) Que a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en Resolución de fecha 4 de julio de 2016, obrante a fojas 11 del citado expediente, requieren la transcripción del Acta de Asamblea Extraordinaria Unánime número cuatro (4) de fecha quince de junio del año dos mil dieciséis, la cual se encuentra inserta en el Libro rubricado, que en este acto exhibe, y cuyo texto es como sigue: “ACTA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA UNANIME N° 4:  En la ciudad de San Salvador de Jujuy , en la sede social de Baterías del Mercosur SRL ubicada en la calle El Yuchán N° 151, a los quince días del mes de Junio del año dos mil dieciséis, siendo horas diez, se reúnen los socios de la firma mencionada, señores Eugenia Ovando y Roberto Ovando, quienes intervienen como únicos socios integrantes de dicha Sociedad.  En uso de la palabra el Sr. Roberto Ovando informa que se ha convocado a esta reunión para tratar el siguiente Orden del Día: 1° Disolución anticipada de la sociedad. 2° Nombramiento del Liquidador. 3° Designación de la persona que realizara los trámites pertinentes ante el registro público de comercio.  Abierto el acto se pone en consideración el primer punto del Orden del Día. Ambos socios exponen la voluntad de disolver anticipadamente la sociedad en tanto y en cuanto no se encuentra vencido el plazo de vigencia de la razón social, habiendo desaparecido el affectio societatis que los unía, y en virtud de que no resulta conveniente la continuidad de la actividad empresarial, por lo que en consecuencia deciden por voluntad UNANIME de los socios que representan la totalidad del capital social DISOLVER LA SOCIEDAD “BATERIAS DEL MERCOSUR S.R.L”, conforme a lo establecido por el inciso 1 del artículo 94 de la Ley número 19.550.- Acto seguido, en virtud de la resolución adoptada  previamente se procede a tratar el segundo punto del orden del día. Acto seguido, y a los efectos de dar cumplimiento con lo establecido en el artículo  Décimo Primero del Contrato Constitutivo, la socia Eugenia Ovando propone al Socio Gerente, Sr. Roberto Ovando, como liquidador de la sociedad, quien viene desempeñando en forma continua la administración social. Puesta a consideración la propuesta se vota favorablemente por UNANIMIDAD. El liquidador recientemente designado acepta de manera expresa dicha designación, constituyendo a los efectos legales que pudiera corresponder su domicilio en Av. Illia N° 157,segundo piso, departamento “C”, Barrio Los Perales de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy.-Acto seguido se procede a dejar expresa constancia de los datos del liquidador los cuales son los siguientes: ROBERTO OVANDO, DNI 23.517.864, CUIL 20-23517864-9, nacido el doce de octubre del año mil novecientos setenta y tres, argentino, casado, de profesión  Licenciado en Administración, con domicilio real y especial en Av. Illia N° 157 segundo piso departamento “C”, Barrio Los Perales de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy.- De inmediato se pone a consideración el tercer punto del orden del día. Acto seguido el señor Roberto Ovando expresa que resulta necesario la registración de la presente Acta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, por lo se debe designar a un profesional Abogado o Escribano para realizar los trámites pertinentes en dicha Institución. Luego de un intercambio de opiniones se decide por UNANIMIDAD designar de manera expresa a la Escribana María Laura Morales, Titular del Registro Notarial N° 74, con asiento en calle Balcarce número 30 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia, para realizar todos los trámites de inscripción en el Registro Público de Comercio  de la presente disolución, facultándola de manera expresa a presentarse ante dicho organismo y efectuar todos los trámites, gestiones y diligencias que resulten necesarios para instar y continuar el tramite referenciado, con facultad para presentar escritos, solicitudes, títulos o documentos de toda clase; exhibir y entregar documentos públicos, privados e instrumentos notariales, firmarlos ante las exigencias de la oficina correspondiente, suscribir formularios, boletas, declaraciones juradas, notas, planillas, recibos y demás documentación que se le exija y que competa respecto del asunto principal, solicite la tramitación del mismo con carácter de urgente, presentando los justificativos pertinentes, abonar tasas, contribuciones y cualquier suma de dinero que se le exija, y en fin para que realice cuantos más actos y diligencias, sean conducentes para dar cumplimiento con la naturaleza y objeto que motiva el otorgamiento del presente poder.- Asimismo los asambleístas expresan que las facultades otorgadas en el presente poder son enunciativas y no limitativas, quedando la Apoderada autorizada a realizar cuantas gestiones, actos y trámites convenga y que sean conducentes al objeto y mejor desempeño del presente mandato. No siendo para mas se da por finalizada la presente Asamblea Extraordinaria  siendo horas trece del día de la fecha, firmando de conformidad los socios Roberto Ovando y Eugenia Ovando.-“. Hay dos firmas ilegibles. Lo transcripto es copia fiel, doy fe.- SEGUNDO: Asimismo Roberto Ovando por este acto expone: a) Que ratifica la aceptación del cargo de liquidador discernido en la reunión de socios arriba mencionada; b) Que declara bajo juramento que no le comprenden las inhabilidades de ley, c) Que constituye domicilio en el indicado en el acta que resuelve su designación. Constancias Notariales: La Escribana Autorizante hace constar que se agrega al Legajo de Comprobantes de la presente escritura: a) Copia de Contrato constitutivo, b) Constancia de CUIT de la razón social; c) Copia de Acta de Asamblea Extraordinaria Unánime número 4 de fecha 15 de junio de 2016.- Previa lectura y ratificación, firman los comparecientes, todo por ante mi, Escribana Publica de cuanto certifico y doy fe.- Hay dos firmas que pertenecen a Eugenia Ovando y Roberto Ovando .- Ante mi: MARIA LAURA MORALES. Esta mi firma y sello notarial.- CONCUERDA con su escritura matriz que paso por ante mí a los folios 551/552 del Protocolo “Sección A” del corriente año a mi cargo, doy fe. Para “BATERIAS DEL MERCOSUR S.R.L.” expido este PRIMER TESTIMONIO en dos hojas de Actuación Notarial, las que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ACT. NOT. Nº A-00189351, ESC. MARIA LAURA MORALES, TIT. REG. Nº 74, S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 29 de Diciembre de 2016.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

 

06 FEB. LIQ. Nº 124795 $175,00.-