BOLETÍN OFICIAL Nº 81 – 21/07/08
COMISION MUNICIPAL DE YALA
ORDENANZA Nº 07-CCCMY/2008 .-
PRESUPUESTO DE GASTOS y CALCULOS DE RECURSOS
VISTO:
Las facultades Legislativas y lo dispuesto en el Articulo Nº 116 inciso a) de la Ley Nº 4466/89, Orgánica de los Municipios,
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con un instrumento valido para la autorización y el control al Poder Ejecutivo Municipal,
Por ello:
EL CONCEJO COMUNAL DE YALA SANCIONA
LA ORDENANZA Nº
Articulo Nº 1º: Fijase en la suma de pesos DIEZ MILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 59/100 ($ 10.629.389,59), el Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2.008 con destino a las finalidades que se indican a continuación, que se detallan analíticamente en las planillas anexas, que forman parte integrante de la presente ordenanza.
FINALIDAD TOTAL EROGACIONES EROGACIONES
CORRIENTES DE CAPITAL
- Administración General 1.862.899,08 1.812.899,08 50.000,oo
- Seguridad
- Salud 486.000,oo 486.000,oo
- Bienestar Social 6.733.000,oo 260.000,oo 6.473.000,oo
- Cultura y Educación 360.000,oo 360.000,oo
- Ciencia y Técnica
- Desarrollo de la Economía
- Deuda Pública 1.187.490,51 1.187.490,51
- Gastos a Clasificar
TOTAL 10.629.389,59 2.072.899,08 8.556.490,51
Articulo Nº 2: Estimase en la suma de pesos OCHO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 30/100 ($ 8.417.850,30), el calculo de recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el articulo Nº 1, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en planillas anexas, que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
RECURSOS IMPORTE
- CORRIENTES 8.417.850,30
- DE CAPITAL
TOTAL 8.417.850,30
Articulo Nº 3: Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estimase el siguiente Balance Financiero Preventivo, cuyo detalle figura en planilla Nº 7, que forma parte integrante de la presente ordenanza. Estimase en la suma de pesos DOS MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 29/100 ($ 2.211.539,29) el Financiamiento de la Administración Municipal.
EROGACIONES 10.629.389,59
RECURSOS 8.417.850,30
NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 2.211.539,29
Articulo Nº 4: Fijase en la suma de pesos UN MILLON CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA CON 51/100 ($ 1.187.490,51), el importe correspondiente a la erogación para atender la amortización de la Deuda Pública Municipal.
Articulo Nº 5: Como consecuencia de lo establecido en los artículos Nº 3 y 4, de la presente ordenanza, estimase el Déficit Neto de la Administración Pública Municipal, por el Ejercicio 2008, en la suma de pesos UN MILLON VEINTICUATRO MIL CUARENTA Y OCHO CON 78/100 ($ 1.024.048,78) destinado a la atención de la necesidad de Financiamiento establecido en el articulo Nº 3 de la presente ordenanza.
FINANCIAMIENTO (Art. 3) 2.211.539,29
AMORTIZACION DE DEUDAS (Art. 4) 1.187.490,51
TOTAL $ 1.024.048,78
Articulo Nº 6: Fijase en TREINTA Y TRES (33) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente Escalafón General de acuerdo con el detalle que figura en cuadro Nº 8 y sus complementarias.
Articulo Nº 7: El Departamento Ejecutivo podrá disponer de las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarias con la única limitación de no alterar el total de erogaciones fijadas en los artículos 1º y 4º.
Respecto de la Planta de Personal se podrá transferir cargos con la sola limitación de no modificar el total de cargos fijados en el articulo 6º de la presente ordenanza.
Articulo Nº 8: Para las erogaciones correspondientes a servicios requeridos por terceros que se financien con su producido, el Presupuesto podrá ajustarse en función de las sumas que perciban como retribución de los servicios prestados.
Articulo Nº 9: Autorizase al Departamento Ejecutivo a modificar el Presupuesto General de Gastos, incorporando las partidas especificas necesarias o incrementando las ya previstas, cuando se produzcan remesas de fondos del Gobierno Provincial o Nacional, no pudiendo modificar el balance preventivo.
Articulo Nº 10: Adhiérase la Comisión Municipal de Yala al Régimen Provincial denominado PROFOSAM.
Articulo Nº 11: Elévese al TRIBUNAL DE CUENTAS, comuníquese al MINISTRO DE GOBIERNO, pase para el conocimiento de CONTADURIA GENERAL y archívese.
FACUNDO VARGAS DURAN
PRESIDENTE- Comisión Municipal de Yala
21 JUL. LIQ. Nº 74003 $ 20,50.-