BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 25/07/18
EXPTE Nº 500-1090-2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 DIC. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas – a través de Tesorería de la Provincia – a hacer uso transitorio de fondos públicos de distintas cuentas bancarias de titularidad del Estado Provincial, ya sea en pesos o en moneda extranjera, que resulten necesarios para el pago de haberes de los empleados dependientes del Estado Provincial y Municipios, a partir del corriente ejercicio, ratificándose lo actuado por dicha cartera ministerial hasta la fecha del presente, conforme lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Facultase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar los actos y modificaciones presupuestarias, impartir directivas, dictar las normas o reglamentos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.-
ARTICULO 3°.- El presente será refrendado por los Sres. Ministros de Hacienda y Finanzas y de Gobierno y Justicia.-
ARTICULO 4°.- Dése cuenta a la Legislatura de la Provincia.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR