BOLETÍN OFICIAL Nº 81 – 23/07/18
Dra. Elba Rita Cabeza Vocal de la Sala Primera, Vocalía 2 de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-080621/16 Caratulado: Acción Emergente de la Ley del Consumidor: PARRAGA CRISTIAN EZEQUIEL c/ ERAZO MARIA DE LOS ANGELES, ERAZO JORGE MAURICIO Y OTROS.- San Salvador de Jujuy, 31 de mayo de 2017.- 1) Atento lo dispuesto en acta de audiencia de fs. 77 al pedido de la Dra. Chalabe y las constancias de autos, notifíquese a los demandados María De Los Ángeles Erazo DNI Nº 28.998.686; Jorge Mauricio Erazo DNI Nº 29.915.716 y Andar Automotores SRL mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy y un Diario de publicación local tres veces en cinco días citándose y emplazándose a la demandada ( Art. 162 del CPC) que vista la acción en autos a la que conforme lo dispuesto por el Art. 53 de Ley 24240, Art. 11 de Ley 4442 y titulo V “Juicio Sumarísimo” (Art 395 y ccnds del CPC) imprimase el trámite de sumarísimo, en consecuencia convocase a la actora y a los demandados Jorge Mauricio Erazo, María de los Ángeles Erazo y ANDAR AUTOMOTORES SRL en la persona de sus Responsables de la firma a la Audiencia que tendrá lugar el día 10 de Agosto de 2018 a horas 10:30 a la que deberán concurrir para ejercitar la defensa provistos de los documentos que posea y a indicar los demás medios de prueba de que intente valerse bajo apercibimiento de que si no concurren se tendrá por ciertos los hechos afirmados por la actora, debiendo esta última también concurrir al acto bajo apercibimiento de que sin justificar un motivo atendible de tenerla por desistida de la demanda.- 2) Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- 3) Atenta la naturaleza de la presente causa, designase al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes como Agente Fiscal a los efectos que hubiere lugar.- 4) Por Secretaria líbrese el edicto solicitado, facultándose para el diligenciamiento del mismo a la Dra. Alicia Chalabe y/o la persona que esta designe. Conforme lo dispone el art. 72 del CPC deberá la interesada confeccionar y presentar las diligencias para control y firma por ante la Actuaria en el plazo de cinco días.- 5) Notifíquese por cédula. Fdo. Elba Rita Cabezas, Vocal habilitada. Ante mí: Dra. Mariana Drazer.-
23/25/27 JUL. LIQ. Nº 14518 $465,00.-