BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 18/07/18
DECRETO N° 255/18.-
MONTERRICO, 03 JUL. 2018.-
VISTO:
Las Ordenanzas N° 282/08, 284/08, y 348/14 las dos primeras de Adhesión a la Ley Nacional de Tránsito N° 24449 y los Decretos Reglamentario del Poder Ejecutivo Nacional y Ley 26.263 modificatoria de la Ley 24449 y demás normas complementarias, y ordenanza Nº 403/18…
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de lograr la mayor seguridad jurídica posible para los vecinos de la ciudad de Monterrico en lo que respecta a normas de tránsito aplicables en el municipio resulta necesario ratificar el dictado de normas de carácter general basadas en un sentido de justicia y equidad, conveniente para el desarrollo de sistema de contralor del tránsito vehicular que redunde en beneficio de conductores y transeúntes.
Que en consecuencia con lo manifestado en el párrafo anterior, corresponde realizar una fe de erratas sobre la numeración de la Ordenanza 248/08 en su parte de los ordena pues se consignó la numeración de la Ley 26263 cuando en realidad el número preciso de la Ley para adherir a la Ley Nacional de Tránsito es la número 26363.
Que realizada la salvedad corresponde además repasar el sentido del dictado de la Ordenanza de creación del Juzgado de Faltas Municipales para ejercer debidamente el poder de policía, dentro de su competencia específica, a través de un tribunal administrativo de faltas, el cual entiende en el juzgamiento y sanción de las faltas, infracciones y contravenciones a normas municipales.
Que ejerciendo las facultades propias y en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la ordenanza 403/18.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE MONTERRICO
DECRETA:
ARTICULO 1º: Promúlguese en todas sus partes la Ordenanza de Tránsito N° 403/2018. Conforme los considerandos expuestos.‑
ARTICUL0 2°.- Notifíquese a las dependencias del municipio y publíquese en el Boletín Oficial por el plazo de Ley.
Juan Carlos Ibarra
Intendente
Municipalidad de Monterrico