BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 18/07/18

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 Secretaría N° 6, REF. EXPTE. C-055.483/15: Ejecutivo: RÍOS MIGUEL ANGEL C/ SUAREZ, RAFAEL ARIEL”- Secretaria: Dra. Valeria Bartoletti- Pro-Secretaria.- Se procede a notificar por este medio al Sr. Rafael Ariel Suárez  el siguiente Proveído de Fs. 9: San Salvador de Jujuy, 23 de Noviembre de 2015. Por presentada la Dra. ROSANA ISABEL CHOCOBAR, por constituido domicilio legal y por parte a mérito de la Copia Juramentada de Poder General para Juicios que presenta para actuar en nombre y representación de Miguel Ángel Ríos, atento lo solicitado y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago y ejecución y embargo en el domicilio denunciado y en contra de Rafael Ariel Suárez D.N.I. N° 23.783.639 por la suma de pesos cuatro mil cuatrocientos ochenta y dos ($ 4.482.-) en concepto de Capital, con más la suma de pesos dos mil doscientos cuarenta y uno calculada para responder a ulteriores del Juicio. En defecto de pago, trábese Embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial a la propia afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores. Asimismo cítesela de Remate para que oponga excepciones si las tuviere dentro del plazo de cinco días, por ante este Juzgado y Secretaría N° 6, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada para que constituya domicilio legal, dentro del radio de tres kms, de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley ( Art. 52 de ítem). Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso y a quien se librará el correspondiente mandamiento. Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).  Fdo. Dra. Marisa E. Rondon, Juez. Ante Mi: Sra. Norma Farach de Alfonso, Secretaria.- Proveído Fs. 39: San Salvador de Jujuy, 22 de Noviembre Del 2017. Atento a lo informado por el Sr. Oficial de Justicia a fs. 11 vuelta y fs. 28 vuelta, lo informado por la Secretaría Electoral de la Provincia a fs. 35 y lo informado por la por la Policía de la Provincia a fs. 20/21, líbrese Edictos a fin de notificar al demandado del proveído a fs. 9 de los presentes autos, el que deberá ser publicado en un diario local y en el Boletín oficial tres veces en cinco días,  haciéndole saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 162 del C.P.C. y bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art. 474 del C.P.C.). Notifíquese art. 154 del C.P.C.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon, Juez; Ante Mí: Dra. Valeria Bartoletti, Secretaria Bartoletti.- Publíquese Edictos  en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Se le hace saber que los términos se comenzarán a contar a partir de la última publicación.- San Salvador de Jujuy, 22 de Noviembre del 2017.-

 

13/16/18 JUL. LIQ. Nº 14552 $465,00.-