BOLETÍN OFICIAL Nº 78 – 16/07/18

Acta Nº 19: En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 13 días del mes de marzo de 2018, siendo las 15 horas, en la Sede Social de CULTIVAR S.R.L. sita en Ruta Provincial Nº 2 Km 3,8 de esta ciudad, Provincia de Jujuy, se reúnen los socios, SR. GONZALO BERNAL TORRES BUGEAU, D.N.I. 26.783.007 y MARÍA LUZ SALEME, D.N.I. 30.090.752 integrando entre ambos el total de las cuotas sociales que conforman el capital societario, en asamblea extraordinaria convocada para el día de la fecha, a los efectos de evaluar la aceptación de una oferta para contraer, como Garante de BECAR S.R.L., en un Préstamo Prendario de U$S 450.000 Dólares con la Firma DLL LESING ARGENTINA S.A. (DLL) a los fines de adquirir una picadora de maíz marca CLAAS modelo jaguar 940 año 2018 (nueva) para la prestación de servicio agrícola. También se pondrá a consideración la fijación de un plazo de duración para los cargos de gerentes de la SRL que se determinaría en cinco (5) años con posibilidades de reelección en forma indefinida y por los mismos períodos. Abierto el acto y luego de exponer los detalles del empréstito y de evaluar las ventajas financieras y la utilidad y rentabilidad de la maquinaria a adquirirse y analizar las cláusulas del estatuto social y la conveniencia de dotar de periodicidad al cargo de gerente, por unanimidad se resuelve: 1) Aclarar que la cláusula Tercera y Quinta del contrato constitutivo no vedan la posibilidad de que CULTIVAR S.R.L. autorice a sus gerentes a contraer empréstitos, mutuos o ofrecer garantías o fianzas en procura de la obtención del objeto societario, tal como se hizo en el pasado. 2) En consecuencia, y para evitar equívocos y teniendo en cuenta la modificación del contrato constitutivo relativa al objeto social realizada por acta de asamblea de socios del 14 de septiembre de 2010, se decide la modificación del contrato constitutivo en su Cláusula Tercera, que quedará redactada de la siguiente manera: “…Tercera: Objeto. la sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros: la explotación en todas sus formas de establecimientos agrícolas y/o ganaderos, frutícolas, cultivos forestales y/o explotaciones granjeras; la forestación y reforestación de tierras propias o arrendadas, explotación de obrajes, montes y bosques, elaboración y utilización de maderas en todos sus aspectos y procesos, fraccionamiento, canteado, aserrado, acondicionamiento y conservación de la misma; la compra venta, depósito, consignación, distribución, exportación e importación de productos agropecuarios, productos de la tierra y agroinsumos de toda clase; la prestación de servicios de asesoramiento, promoción e intermediación de operaciones agropecuarias y la prestación de servicios complementarios y conexos a la actividad agropecuaria con o sin maquinaria. además tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros: todo tipo de construcciones civiles, estructuras metálicas y de madera, instalación domiciliaria de gas, instalaciones eléctricas domiciliarias, y toda otra obra relacionada con la construcción en general que no esté incluida en el detalle que antecede, que, a los fines, es sólo enunciativa. quedan comprendidas en el alcance del objeto social todas aquellas actividades intermedias, conexas, relacionadas o vinculadas directa o indirectamente con el cumplimiento de los fines sociales, para lo cual deberá interpretarse que queda incluida en el objeto social la capacidad de: celebrar contratos, adquirir y enajenar derechos y bienes; contraer obligaciones, deudas o empréstitos, otorgar garantías en favor de terceros y/o afianzar de cualquier modo obligaciones de terceros; operar con toda clase de bancos, sean oficiales, mixtos o privados, nacionales o extranjeros y toda clase de entidades o instituciones crediticias o financieras, solicitar créditos, abrir cuentas corrientes, cajas de ahorro o de cualquier naturaleza, sean de monedas de curso legal o extranjera; establecer sucursales, agencias y todo tipo de representaciones en cualquier lugar del país o del extranjero; haciéndose constar que la presente enunciación no es taxativa sino meramente enunciativa, pudiendo realizar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto social…”. 3) Autorizar al Sr. Gerente a suscribir junto con Becar S.R.L. el contrato de mutuo prendario por la suma de U$S 450.000 dólares con la FIRMA DLL a pagarse con un método de financiación alemán, en un plazo de 5 años tomando una taza de 7% anual en dólares. Con destino a ser aplicado a la compra de una de una máquina picadora marca CLAAS modelo Jaguar 940 año 2018 (nueva) que será utilizada para la prestación de servicio agrícola. a los fines reseñados se expedirá copia certificada por escribano de la presente acta para respaldar la actuación del Sr. Gerente ante la firma financiera DLL. Se fija nueva asamblea extraordinaria para el día 27 de marzo a hs. 15 en la sede social a los fines de tratar los resultados de la gestión del Sr. Gerente ante la firma DLL autorizada en esta asamblea, dar cuenta de lo actuado. En prueba de conformidad, suscribe el acta los socios SRA. MARÍA LUZ SALEME y SR. GONZALO BERNAL TORRES BUGEAU a las 16,30 hs. del 13 de Marzo de 2018.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 11 de  Julio de 2018.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO.-

16 JUL. LIQ. Nº 14796 $300,00.-