BOLETÍN OFICIAL Nº 77 – 13/07/18

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6, a cargo de la Dra. María Cristina Molina Lobos-Juez-, Secretaria N° 12, en el Expte. Nº C-080.788/16, caratulados: “Incidente de Ejecución de HONORARIOS: DELGADO, GUSTAVO GABRIEL C/ JURADO, ILDA YOLANDA”, hace saber que se ha dictado el siguiente Decreto: “San Salvador de Jujuy, 04 de Octubre de 2017.- Por presentado el Dr. Gustavo Gabriel Delgado, por sus propios derechos, y por constituido domicilio legal.- Atento a la demanda por cobro de honorarios deducida y las constancias de autos, y lo dispuesto por los arts. 472, 478 y correlativos del C.P.C. líbrese en contra de la Sra. Ilda Yolanda Jurado DNI 12.067.231, mandamiento de pago y ejecución por la suma de pesos tres mil quinientos ($3.500) en concepto de capital reclamado, con más la suma de pesos setecientos ($700) presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio.- Cíteselo de remate para que en el término de cinco días, concurra ante este Juzgado y Secretaria, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Córrasele traslado a la parte demandada del pedido de intereses, con las copias respectivas, y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, intímese a constituir domicilio legal dentro del los tres Km. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificar en lo sucesivo por Ministerio de ley (art. 52 del C.P.C.). Para el cumplimiento de lo ordenado comisionase al Sr. Juez de Paz de El Carmen, a quien se librará el mandamiento respectivo, el que a titulo de colaboración, deberá ser confeccionado por el interesado para su posterior control y firma por Secretaria.- Al diferimiento de aportes solicitado a fs. 07, téngase presente para su oportunidad.- Notifíquese por cédula.- mac Fdo. Dra. María Cristina Molina Lobos – Juez – Ante Mi: Dr. Mauro R. Di Pietro – Prosecretario T. de Juzgado”.- “San Salvador de Jujuy, 01 de marzo de 2018.- Proveyendo al escrito que antecede: Atento a lo solicitado por el Dr. Gustavo Gabriel Delgado y surgiendo de las constancias de autos que el domicilio denunciado en el escrito de demanda es el mismo que el informado por el Juzgado Federal-Secretaría Electoral, a los fines de evitar un desgaste jurisdiccional, conforme lo prevé el Art. 162 del C.P.C., notifíquese al demandado el proveído de fs. 08 mediante edictos, que deberán ser publicados por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciendo saber al accionado que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrar al Defensor Oficial como su representante con quién se seguirá el juicio (Art. 474 del C.P.C.).- Notifíquese por cédula. Fdo. María Cristina Molina Lobos – Juez Ante Mi Dra. Adela Fernanda Salaveron Prosecretaria Tecnica de Juzgado”.- San Salvador de Jujuy, 06 de Marzo de 2018.-

 

06/11/13 JUL. LIQ. Nº 14711 $ 465,00.-