BOLETÍN OFICIAL Nº 76 – 11/07/18
EXPTE Nº 765-992/13.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 JUN. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Rectificase el artículo 1° del Decreto N° 3925-VOT/2013, de fecha 14 de noviembre de 2013, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°.- Aféctese a favor de la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia el inmueble identificado catastralmente como: Parcela 1, Padrón A-92420, Manzana 842, Circunscripción 1, Sección 20, Matricula A-71754, para el funcionamiento de un Centro de Intención Integral en Violencia Familiar (CAINAF), situado en barrio Alto Comedero de la ciudad de San Salvador de Jujuy, departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, por lo expresado en el exordio.-“
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR