BOLETÍN OFICIAL Nº 76 – 11/07/18
2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 6075.-
ARTICULO 1º.-Apruébase en todas sus partes los Convenios celebrados en fecha 16 de Septiembre de 2016 y 30 de Diciembre de 2016, entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy, para el Desarrollo del Programa de Equipos Comunitarios-Cobertura Universal de Salud, refrendado por el Decreto N° 6048-S-18.-
ARTICULO 2º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de Junio de 2018.-
Dr. Nicolás Martín Snopek
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dip. Carlos Alberto Amaya
Vice-Presidente 1º
A/C de Presidencia
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA
EXPTE Nº 200-367/18.-
CORRESP. A LEY Nº 6075.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 JUL. 2018.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dese al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase a Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Salud; Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Educación; Ministerio de Trabajo y Empleo; Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente; Ministerio de Seguridad; y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR