BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 29/06/18
DECRETO Nº 6551-S/2018.-
EXPTE Nº 714-1434/15.-
Agdo. Nº 780-261/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAYO 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.– Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recurso ejercicio 2018 – Ley Nº 6046, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
TRANSFERIR
DE:
U. de O.: R 1 MINISTERIO
Categoría Nº de Cargos
13 (c-4) 8
Agrup. Técnico
Escalafón General
Total 8
A:
U. de O.: R2-02-02 HTAL. “PABLO SORIA”
Categoría Nº de Cargos
13 (c-4) 8
Agrup. Técnico
Escalafón General
Total 8
ARTICULO 2º.– Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recurso ejercicio 2018 – Ley Nº 6046, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R2-02-02 HOSPITAL “PABLO SORIA”
SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos
24 (c-4) 1
Agrup. Técnico
Escalafón General
Total 1
CREASE:
Categoría Nº de Cargos
13 (c-4) 1
Agrup. Técnico
Escalafón General
Total 1
ARTICULO 3°.-Aceptase con retroactividad al 12 de junio de 2017, las renuncias presentadas por los agentes Fátima Bibiana Trejo, CUIL 27-32562738-2, Abigail Patricia de Lourdes Trejo, CUIL 27-35308953-1, Fabiana Sofía Renterias, CUIL 27-31452443-3, Miriam Susana Arequipa, CUIL 23-25064992-4, y Gustavo Esteban, Eduardo Vilca, CUIL 20-29629738-1, a los contratos de locacion de servicios que detentan en la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 4°.- Designase con retroactividad al 12 de junio de 2017, a los Sres. Fátima Bibiana Trejo, CUIL 27-32562738-2, Silvina Ester Nieve, CUIL 27-31753553-3, Abigail Patricia de Lourdes Trejo, CUIL 27-35308953-1, Fabiana Sofía Renterías, CUIL 27-31452443-3, Miriam Susana Arequipa, CUIL 23-25064992-4, Silvia Elizabeth Taboada, CUIL 27-34011447-2, Gustavo Esteban Eduardo Vilca, CUIL 20-29629738-1, Noemí Estela Vásquez, CUIL 27-27532511-8, y Rosario Soledad Cayo, CUIL 27-34912455-1, y con retroactividad al 1° de julio de 2017, al Sr. Pedro Héctor Bautista, CUIL 20-32366107-4, en los cargos categoría 13 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general, en la U. de O.:R 2-02-02 Hospital “Pablo Soria”, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 5°.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atendrá con las partidas Presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2018
Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada en el Presupuesto General de Gastos y cálculos de Recursos, Ley Nº 6046, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R 2-02-02 Hospital Pablo Soria.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Deuda Publica Provincial “3-10-15-01-26”: “Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la y Unidad de Organización “L” Deuda Publica, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Publico a sus efectos.-
ARTICULO 6°.-Autorizar a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la transferencia de Créditos Presupuestarios que resulten necesarios, a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.‑
ARTICULO 7°.-El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR