BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 29/06/18
El Dr. Esteban Arias Cau-Vocal Pte. de Trámite de la Sala I- Cámara Civil y Comercial-Voc. N° 3, en el EXPTE. C-048366/15 “Daños y Perjuicios SEGURA LOPEZ, PEDRO ANTONIO c/ AGUA DE LOS ANDES S.A. EJESA; ESTADO PROVINCIAL y OTROS”, procede a notificar el presente proveído: “San Salvador de Jujuy, 18 de junio de 2018, I.- Advirtiendo en las constancias de autos que en la providencia de fs. 418, se incurrió en un error material respecto lo allí ordenado, conforme lo dispone el Art. 49 del C.P.C., dejar sin efecto el punto II de la providencia de fs. 418 y en su reemplazo disponer; “Atenta la oposición formulada por la parte que representa la Dra. Soledad Flores Parrado al desistimiento formulado por la Dra. María Daniela Malinar a fs. 405, no ha lugar, en consecuencia a los fines de la notificación de la demanda, a los Sres. Héctor Eduardo Gimenez y Cristian Ramón Vega, publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificada desde la última publicación (Art. 162 del C.P.Civil). II.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Esteban J. Arias Cau- Vocal- Ante mí: Dra. Claudia E. Geronimo- Prosecretaria. Proveído de fs. 148. “San Salvador de Jujuy, 02 de junio de 2016. Téngase por cumplido lo ordenado a fs. 141 respecto de los domicilios de los codemandados y en consecuencia de la demanda Ordinaria por Daños y Perjuicios y la ampliación de fs. 30/140 incoada en contra de Estado Provincial- Agua de Los Andes S.A., EJESA, Mónica Patagua, Héctor Eduardo Gimenez, Viviana Patricia Medina, Valeria Medina, Miriam Cruz de Medina, Lorena Vanesa Canelo, Cristian Ramón Vega, Enrique Arnaldo Aldonate, María Elena Aluizu, Fernando Raúl Guerra, Alberto Medina, María Rosa Martín y Martín Sebastian Figueroa córraseles traslado en los domicilios denunciados y con la copia respectiva, para que la contesten en el plazo de quince días (15), bajo apercibimiento de tenerlos por contestado en los términos del Art. 298 del C.P.C. e intímaselos a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres Km. de asiento del Tribunal, bajo apercibimiento de mandar a notificar en lo sucesivo Ministerio Legis, (Art. 2, 54 y 154 del ut supra). Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. María Gabriela Sánchez de Bustamante, (Vocal habilitada) ante mi Dra. Yamila Cazón, Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 18 de junio de 2018.-
29 JUN. 02/04 JUL. LIQ. 14591 $465,00.-