BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 29/06/18

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C-085219/17, caratulado Ejecutivo: “TEJERINA TORRICO DAVIDAD BENITO c/ TINTE GONZALO”, se hace saber al demandado Sr. TINTE GONZALO, la siguiente Providencia: Salvador de Jujuy, 11 de Mayo de 2018.- Proveyendo la presentación de fs. 44: Atento lo manifestado y constancias de autos, notifíquese la providencia de fs.12 mediante Edictos- Art. 162 del C.P.C.- Notifíquese-Art.155 del C.P.C. y expídanse Edictos.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez- Ante mí: Dra. Sandra Mónica Torres-Secretaria por Habilitación.-Providencia de Fs.12: Salvador de Jujuy, 08 de Marzo de 2017.- Atento a la demanda ejecutiva por cobro de pesos deducida y lo dispuesto por los Artículos 472, inc.4º, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado TINTE GONZALO, en el domicilio denunciado, mandamiento de paga, ejecución y embrago por la suma de Pesos: Cincuenta Mil-($50.000), en concepto de capital con mas la de Pesos: Quince Mil-($15.000), calculada provisoriamente para acrecidas y costas de juicio.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del demandado hasta cubrir ambas sumas, designándose depositario judicial al propio afecto en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las formalidades y prevenciones de Ley.- Asimismo cíteselo remate para que en el término de cinco días, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Además requiérasele manifestación obre si los bienes embargados, registran prendas u otro gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- Córrasele traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual termino que el antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiera lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimara a la demanda , para que constituya domicilio legal dentro del radio de los Tres Kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de la Ley, (Art.52 del ídem).- Notifíquese, líbrese mandamiento.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez-Ante Mi: Dra. Sandra Mónica Torres-Secretaria Por Habilitación.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial ( Art.162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la ultima publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaria. Secretaria: Dra. Sandra Mónica Torres-San Salvador de Jujuy, 11 de Mayo de 2018.-

 

27/29 JUN. 02 JUL. LIQ. Nº 14528-14529-14530 $465,00.-