BOLETÍN OFICIAL Nº 71 – 27/06/18
LEGISLATURA DE JUJUY
“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 6069
“ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N° 27.397“
ARTÍCULO 1.- Adhiérase la Provincia de Jujuy a la Ley N° 27.397 de “Determinaciones de Precios en los Contratos de Obra Pública destinados a Vivienda”, por lo que, a partir de la entrada en vigencia de la presente, todas las operaciones de determinación de precios de los contratos de Obra Pública destinados a la construcción de viviendas, así como los contratos que tengan por objeto la ejecución de programas o planes sociales de construcción o mejoramiento de viviendas que lleve a cabo el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, se efectuarán de acuerdo a la metodología prevista en dicha normativa nacional.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 Junio de 2018.-
Dr. Nicolás Martín Snopek
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
C.P.N. Carlos G. Haquim
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA
EXPTE Nº 200-312/18.-
CORRESP. A LEY Nº 6069.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 JUN. 2018.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dese al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase a Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Educación; Ministerio de Trabajo y Empleo; Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente; Ministerio de Seguridad; y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR