BOLETÍN OFICIAL Nº 71 – 27/06/18

LEGISLATURA DE JUJUY

“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 6069

“ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N° 27.397

ARTÍCULO 1.- Adhiérase la Provincia de Jujuy a la Ley N° 27.397 de “Determinaciones de Precios en los Contratos de Obra Pública destinados a Vivienda”, por lo que, a partir de la entrada en vigencia de la presente, todas las operaciones de determinación de precios de los contratos de Obra Pública destinados a la construcción de viviendas, así como los contratos que tengan por objeto la ejecución de programas o planes sociales de construcción o mejoramiento de viviendas que lleve a cabo el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, se efectuarán de acuerdo a la metodología prevista en dicha normativa nacional.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 Junio de 2018.-

Dr. Nicolás Martín Snopek

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

C.P.N. Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA

EXPTE Nº 200-312/18.-

CORRESP. A LEY Nº 6069.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 JUN. 2018.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dese al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase a Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Educación; Ministerio de Trabajo y Empleo; Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente; Ministerio de Seguridad; y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR