BOLETÍN OFICIAL Nº 70 – 25/06/18

DECLARACIÓN JURADA DE INEXISTENCIA DE INCOMPATIBILIDAD E INHABILIDAD O PROHIBICIONES.- FRANCISCO MARIO GOMEZ RODRIGUEZ, PASAPORTE N°AAJ661983 en mi calidad de APODERADO de la empresa TCI GECOMP S.A.S. CUIT: 33-71573928-9, con domicilio legal en Avenida Ricardo Balbin N° 1496 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, declaro que tanto yo como mi representada, según corresponda: a) No tiene prohibición de ningún tipo para contratar; b) No está inhabilitada por sentencia judicial; c) No está en estado de quiebra, concordato o liquidación ordenada por la autoridad competente, ni afectada a procesos de quiebra, insolvencia o convenios judiciales o extrajudiciales con acreedores, ni posee deudas financieras vencidas, ni en general existen hechos que afecten o puedan afectar sustancialmente en forma negativa la situación patrimonial de la sociedad, de manera que pudiera verse afectada su solvencia económica. Además no me encuentro incurso en ninguna de las siguientes prohibiciones ni incompatibilidades establecidas en la Ley 19.550 art. 264: 1 – Quienes no pueden ejercer el comercio; 2 – Los fallidos por quiebra culpable o fraudulenta hasta diez (10) años después de su rehabilitación, los fallidos por quiebra casual o los concursados hasta cinco (5) años después de su rehabilitación; los directores y administradores de sociedad cuya conducta se calificare de culpable o fraudulenta, hasta diez (10) años después de su rehabilitación. 3 – Los condenados con accesoria de inhabilitación de ejercer cargos públicos; los condenados por hurto, robo, defraudación, cohecho, emisión de cheques sin fondos y delitos contra la fe pública; los condenados por delitos cometidos en la constitución, funcionamiento y liquidación de sociedades. En todos los casos hasta después de diez (10) años de cumplida la condena;

4 – Los funcionarios de la administración pública cuyo desempeño se relacione con el objeto de la sociedad, hasta dos (2) años del cese de sus funciones. ACT. NOT. Nº B 00400676-ESC. MARIA LAURA MORALES, TIT. REG. Nº 74- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 19 de  Junio de 2018.-

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PUBLICO

25 JUN. LIQ. Nº 14556 $230,00.-