BOLETÍN OFICIAL Nº 11 – 25/01/17
EXPTE. Nº 660-827/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 NOV. 2016.-
VISTO:
La necesidad de constituir tres sociedades para llevar adelante el proyecto del Parque Solar de Trescientos Megawatt (390 mw);
CONSIDERANDO:
Que, Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado ha resultado adjudicataria en licitación nacional e internacional a los efectos de llevar adelante la construcción del Parque Solar, dentro del programa Renovar Ronda 1;
Que, el 14 de Octubre de 2016 mediante Acta del Directorio N° 89 de Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado, se aprueba por unanimidad la propuesta de constituir tres Sociedades Anónimas Unipersonales, para llevar adelante la construcción del Parque Solar de Trescientos Megawatt (300 mw);
Que, el 17 de Octubre se ratifica la decisión de constituir tres Sociedades Anónimas Unipersonales, mediante Asamblea General Extraordinaria N° 9;
Que, el nombre adecuado de las Sociedades a constituir resulta ser el de CAUCHARI SOLAR I, CAUCHARI SOLAR II, y CAUCHARI SOLAR III;
Por ello y. en uso de sus facultades;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE JUJUY
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Ratificase la decisión de constituir tres Sociedades Anónimas Unipersonales, a los efectos de llevar adelante el proyecto del Parque Solar, dentro del Programa Renovar Ronda 1, cuyo nombre societario será el de CAUCHARI SOLAR I, CAUCHARI SOLAR II, y CAUCHARI SOLAR III.-
ARTÍCULO 2º.-Previa torna de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese en forma íntegra en el Boletín Oficial. Notifíquese a Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado. Cumplido, vuelva a la Dirección General de Despacho y Asuntos Jurídicos, del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a sus efectos. ARCHIVESE.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR