BOLETÍN OFICIAL Nº 11 – 25/01/17

La Dra. MARISA E. RONDON, Juez Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 3, Secretaria n° 5 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° C-018.461/14, caratulado: “APREMIO: CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE JUJUY c/ BUSTAMANTE, DANIELA IVONE”, hace saber a la Sra. BUSTAMANTE, DANIELA IVONE el siguiente decreto que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 10 de febrero de 2.014. Por presentado el Dr. GUALCHI NICOLAS, por parte a merito de la copia de poder que acompaña para actuar en nombre y representación del CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE JUJUY y por constituido domicilio legal. De conformidad por lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del CPC, líbrese mandamiento de intimación de requiérase de pago, ejecución y embargo, en contra de la demandada, Sra. BUSTAMANTE, DANIELA IVONE en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO con 42 CTVS. ($6.728,42.-), que se reclama por capital, con mas de la suma de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO con 21 CTVS. ($ 3.364,21.-) calculadas para acrecidas del juicio. En defecto de pago, trabese EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley. En el mismo acto, requiriérasele registran prenda o algun gravamen y en su caso expresen montos, nombre y domicilio del o los Acreedores Prendarios o Juez Embargante.

Asimismo cíteselo de REMATE para que dentro de los TRES DIAS de notificado, oponga excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas y por el mismo termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo señalado, se intimara al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILÓMETROS del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárseles en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del C.P.C.).- Notificaciones en Secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese Art. 154 del CPC. FDO. Dra. MARISA E. RONDON – JUEZ – Ante Mi. PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA – SECRETARIA.- DADO, SELLADO Y FIRMADO en la Sala de mi Publico despacho de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 15 dias del mes de MARZO del Año Dos Mil DIECISEIS.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario Local por tres veces en CINCO (5) DIAS.- Secretaria: PROC. MARTA BERRAZ DE OSUNA. San Salvador de Jujuy, 15 de marzo de 2.016.-

 

20/23/25 ENE. LIQ. Nº 124728 $360,00.-