BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 24/09/08
EXPTE. Nº 712-315/07.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 JUL. 2008.-
VISTO
Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio de Cooperación suscripto entre el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, representado por la Secretaría Ejecutiva, Dra. María Matilde Morales, en representación del Programa Sistema de Información, Monterrico y Evaluación de Programas Sociales y Sistema de Identificación y Selección de Familias Beneficiarias de Programas Sociales y la Provincia de Jujuy, representada por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Víctor Alberto Urbani; y
CONSIDERANDO
Que, la suscripción del mismo se realizo a los efectos de construir un ámbito de planificación y coordinación de la política social nacional, a los fines de mejorar la gestión de gobierno, mediante la formulación de políticas y la definición de cursos de acción coordinados e integrales, optimizando en forma consecuente la asignación de los recursos;
Que el objetivo del citado Convenio radica en la aplicación por parte de la Provincia, de Cuarenta Mil (40.000) Fichas Sociales “Las Familias Cuentan”, garantizando el estricto cumplimiento de las normas referidas al “Secreto Estadístico de la Información”, “Confidencialidad de la Información” y “Protección de Datos Personales”, de conformidad a las prescripciones legales vigentes;
Que, en las cláusulas que conforman el mismo, se establecen de manera detallada los compromisos asumidos por las partes intervinientes;
Que, Asesoría Legal del Ministerio de Salud a fs. 267/268, emite dictamen de competencia, compartido a fs. 269 por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado, de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébase en todas sus partes el Convenio de Cooperación suscripto entre el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, representado por la Secretaria Ejecutiva, Dra. María Matilde Morales, en representación del Programa Sistema de Información, Monitoreo y Evaluación de Programa Sociales y Sistema de Identificación y Selección de Familias Beneficiarias de Programas Sociales y la Provincia de Jujuy, representada por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Víctor Alberto Urbani, agregado a fs. 8/23 de las presentes actuaciones, de conformidad a lo manifestado en el exordio.
ARTICULO 2º.- Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio de Cooperación que se aprueba por el Artículo precedente.
ARTICULO 3º.- Dése intervención a la Legislatura de la Provincia de Jujuy, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 123º de la Constitución Provincial.
ARTICULO 4º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, al Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a la Secretaría General de la Gobernación para su posterior remisión a la Legislatura de la Provincia y Ministerio de Salud a sus efectos, Cumplido, archívese.
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR