BOLETÍN OFICIAL Nº 11 – 25/01/17
EXPTE. Nº 200-238/2015.-
Y AGDOS. Nº 0600-43/2014; Nº 0613-020/2014; Nº 0613-319/2011.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desestimase por improcedente e inadmisible el Reclamo Administrativo Previo interpuesto por el Dr. SEBASTIAN MALLAGRAY en nombre y representación del Sr. SEGUNDO JULIO REYNOSO C.U.I.L. N° 20-08.196.312-7 ex agente de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, por las razones expresadas en el exordio.‑
ARTICULO 2°.- El dictado del presente acto administrativo no importa rehabilitar la instancia administrativa y/o plazos vencidos, caducos ni avocamiento al planteo, sino dar respuesta a la petición de conformidad a lo establecido al artículo 33° de la Constitución de la Provincia.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR