BOLETÍN OFICIAL Nº 66 – 13/06/18

Dra. Marisa Rondon- Juez Habilitada de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 -Secretaria N° 3, en el Expte. N° C-027422/14, caratulado: “Ejecutivo: CREDINEA S.A. c/ VASQUEZ, JORGE RENE”, hace saber al SR. JORGE RENE VASQUEZ, que se ha dictado la siguiente Resolución de fs. 96/98: “San Salvador de Jujuy, 16 de Febrero del 2018.- Autos y Vistos: …- Resulta:… Considerando:… – Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra del SR. VASQUEZ, JORGE RENE hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Siete Mil Seiscientos Cuatro con Sesenta y Cinco Centavos ($7.604,65) con más los intereses de la tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. N° B.145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos N° 54, f° 673/678, n° 235) desde la mora y hasta su efectivo pago, con mas I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (art. 102 C.P.C.).- III.- Regular los honorarios del Dr. Oscar Martín Meyer, en la suma de Pesos Tres Mil Quinientos ($3.500,00) respectivamente, con mas IVA si correspondiere, por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada (L.A. N° 19, F° 182/184 N° 96, 24/05/16), los que en caso de mora devengaran un interés igual a la tasa consignada para el capital, desde igual época y hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. N° B.145.731/05, (Sala I – Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos N° 54, f° 673/678, n° 235, de fecha 11/5/2011.- IV.- Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaria el documento original en el termino de cinco (5) días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- V.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Dra. Marisa Rondon-Juez Habilitada- Ante mi Dra. Natacha Buliubasich- Pro-Secretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres (3) veces en cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 16 de Febrero del 2018.-

 

13/15/18 JUN. LIQ. Nº 14375 $465,00.-