BOLETÍN OFICIAL Nº 66 – 13/06/18
EXPTE Nº 700-161/15.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2018 -Ley N° 6046, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION: “R” MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERASE
DE:
U. de O.: R 1 Ministerio
Categoría Nº de Cargos
A-30 horas 2
Agrup. Profesional
Ley Nº 4418
Total 2
A:
U. de O.: R2-02-03 Htal. Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”
Categoría Nº de Cargos
A-30 horas 2
Agrup. Profesional
Ley Nº 4418
Total 2
ARTICULO 2º.-Téngase por designado al Dr. ESTEBAN IGURI, CUIL 20-27361045-7, en el cargo categoría A-30 horas, agrupamiento profesional, Ley N° 4418, en la U. de O.: R 2-02-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, con retroactividad al 03 de julio de 2.017, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 3°.-Téngase por aceptada con retroactividad al 02 de julio de 2.017, la renuncia al interinato efectuado por Dra. ADA CAROLINA SAVIO, CUIL 27-26898407-6, en el cargo categoría A-30 horas, agrupamiento profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R 2-02-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, dispuesta mediante Decreto N° 3391-S-13, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 4°.-Téngase por designada a la Dra. ADA CAROLINA SAVIO, CUIL 2726898407-6, en el cargo categoría A-30 horas, agrupamiento profesional, Ley N° 4418, en la U. de O.: R 2-02-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, con retroactividad al 03 de julio de 2.017, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 50.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2018, Ley N° 6046, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2.018:
Con la respectiva partida de “Gastos en Personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: R 2-02-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”.-
EJERCICIOS ANTERIORES:(periodo no consolidado)
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTÍCULO 6°.-Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar las transferencias de créditos presupuestarios que resulten necesarios a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.‑
ARTÍCULO 7°.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR