BOLETÍN OFICIAL Nº 66 – 13/06/18
EXPTE Nº 780-253/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 ABR. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos — Ejercicio 2018— Ley N° 6046, conforme se indica a continuación:
TRANSFIERASE
DE:
U. de O.: R 1 Ministerio
Categoría Nº de Cargos
C-1 (i-1) 2
Agrup. Profesional
Ley Nº 4413
Total 2
A:
U. de O.: R2-02-08 Hospital “C. de Reh. “Dr. Vicente Arroyabe”
Categoría Nº de Cargos
C-1 (i-1) 2
Agrup. Profesional
Ley Nº 4413
Total 2
ARTICULO 2°.-Téngase por aceptada con retroactividad al 24 de septiembre de 2017, la renuncia presentada por la Sra. Nelly Beatriz Sánchez CUIL 27-28227082-5, al contrato de locación de servicios que detenta en la categoría C-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, bajo la dependencia de la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 3°.-Téngase por aceptada con retroactividad al 24 de septiembre de 2017, la renuncia presentada por el Sr. Hugo Orlando Burgos, CUIL 20-25798461-4, al contrato de locación de servicios que detenta en la categoría 7 (c-4), Agrupamiento Técnico, bajo la dependencia de la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 4°.-Téngase por designada a la Sra. Nelly Beatriz Sánchez, CUIL 27-28227082-5, en el cargo Categoría C-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Ley N° 4413, Escalafón Profesional, para cumplir funciones de Enfermera Universitaria en la U. de O.: R2-02-08 Centro de Rehabilitación “Dr. Vicente Arroyabe”, a partir del 25 de septiembre de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 5°.-Téngase por designado al Sr. Hugo Orlando Burgos, CUIL 20-25798461-4, en el cargo Categoría C-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Ley N° 4413, Escalafón Profesional, para cumplir funciones de Enfermero Universitario en la U. de O.: R2-02-08 Centro de Rehabilitación “Dr. Vicente Arroyabe”, a partir del 25 de septiembre de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 6°.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la Partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2018
La partida de Gasto en Personal asignada, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N° 6046, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R2-02-08 Centro de Rehabilitación “Dr. Vicente Arroyabe”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.-
ARTICULO 7°.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros, de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR