BOLETÍN OFICIAL Nº 64 – 08/06/18
EXPTE Nº 200-30-2017.-
c/ Agregados: 1050-117-17
y 1050-1290-16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dése el trámite de Reclamo Administrativo previo a la presentación efectuada por el Dr. Aníbal Massaccesi, en carácter de apoderado legal de la SEÑORA MARTA VARGAS, D.N.I. N° 5.731.233, en contra de la Resolución N° 4217-E-17de fecha 16 de enero de 2017.-
ARTICULO 2°.- Recházase por improcedente la Reclamación Administrativa interpuesta por el Dr. Aníbal Massaccesi, en carácter de apoderado legal de la SEÑORA MARTA VARGAS, D.N.I. N° 5.731.233, en contra de la Resolución N° 4217-E-17 de fecha 16 de enero de 2017, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 3°.- Por el principio de eventualidad procesal, opónese de forma subsidiaria defensa de prescripción.-
ARTICULO 4°.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 33 de la Constitución Provincial.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR