BOLETÍN OFICIAL Nº 8 – 18/01/17
EXPTE. Nº 1050-5102/10.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 DIC. 2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.-Dispónese la aplicación de la sanción expulsiva de EXONERACION de conformidad con lo dispuesto en el artículo. 66° inciso H dela Ley 3520 en concordancia con el artículo 174, inc. 2 de la Ley 3161/74 al Sr. CARLOS JOSÉ BENITEZ, D.N.I. N° 10.628.176, Director de la Escuela de Comercio N° 7 “San Marcelino Champagnat” de la Localidad de San Pedro.-
ARTICULO 2°.-Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar al Sr. Carlos José Benítez con copia autenticada de los términos del presente acto administrativo.-
C.P.N GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR