BOLETÍN OFICIAL Nº 63 – 06/06/18

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 14, en el Expte. N° C-049858/15, caratulado: “Ejecutivo: C.A.R.S.A. S.A. C/ Tejerina, Alejandro Oraldo”, se hace saber al demandado Sr. Tejerina, Alejandro Oraldo. la siguiente sentencia: “San Salvador de Jujuy, 07 de Noviembre de 2017.- Autos y Vistos…Considerando…Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por C.A.R.S.A. S.A. en contra de Tejerina, Alejandro Oraldo, hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos: cinco mil setecientos noventa y uno con 80/100 ($5.791,80.-), con mas las costas del juicio y el interés a la Tasa Activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos, y establecer como punitorios el 50% de la tasa ordenada precedentemente desde la mora y hasta el efectivo pago.- II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Martín Meyer, en la suma de $ 3.500.-, los que solo en caso de mora devengaran intereses conforme tasa activa, con mas IVA si correspondiere.- III.- Imponer las costas a la vencida (art. 102 del C.P.C.).- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo dejar constancia en la misma de que tramito la presente causa.- VI.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes por cedula, al demandado mediante Edictos y en la persona del Sr. Defensor Oficial y a CAPSAP,etc.-Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal – Juez Ante Mí: Dra. Sandra Mónica Torres – Secretaria Por Habilitación.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el termino de cinco días. Se hace saber al accionado que los término empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria: Sandra Mónica Torres – Secretaria Por Habilitación – San Salvador De Jujuy, 07 de noviembre de 2017.-

 

06/08/11 JUN. LIQ. Nº 14069 $465,00.-