BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 01/06/18

Dra. Marta A. Rosembluth Jueza del Tribunal de Familia Vocalía Nº 3, en el Expte. C-079617/2016, Caratulado: Divorcio: SALINAS KARINA GABRIELA c/ ESTRADA WALTER RAFAEL se ha dictado la siguiente Providencia.- “San Salvador de Jujuy, 13 de Febrero de 2018.- I.- Decretar el Divorcio de los Sres. Karina Gabriela Salinas D.N.I. 23.946.16 y Walter Rafael Estrada D.N.I. 24.377.730 con los alcances previstos por los artículos 437 y ss. del C.C. y C.- II.- Oficiar al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de San Salvador de Jujuy, República Argentina con transcripción literal de la presente a fin de que inscriba en la parte marginal del Acta de Matrimonio Nº 35579, Tomo 140, Folio 41 Vto., de fecha 22 de septiembre del año 1995.- III.- Declarar extinguida la comunidad conyugal de conformidad a lo dispuesto por el Art. 480 del C.C. y C.- IV.- Comisionar a la letrada para la confección y diligenciamiento de los oficios correspondientes.- V.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Malvina Isabel Rivas en la suma de pesos Ocho Mil Quinientos ($8500) con más IVA si correspondiere.- VI.- Agregar copia en autos, hágase saber, ofíciese.- Fdo. Dra. Marta A. Rosembluth Jueza, ante mi, Dra. Eliana Soledad Pantaleón Firma Habilitada.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación en la Provincia tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 03 de Abril de 2.018.-

 

01/04/06 JUN. LIQ. Nº 14167 $465,00.-