BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 01/06/18

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria 17, hace saber que en el Expte. Nº D-13496/16 caratulado Ejecutivo: MORALES GABRIELA c/ CACERES JUAN JOSE”.-, se ha dictado la siguiente Providencia San Pedro de Jujuy 23 de marzo de 2016.- I.- Por presentado al Dr. Gustavo Javier Jaramillo en nombre y representación de Gabriela Geraldine Morales, a mérito de la copia de poder para juicio que adjunta, por constituido domicilio procesal por parte.- II.- De conformidad a lo dispuesto por los art. 472, 478 y 480 del CPC, líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Juan José Cáceres en el domicilio denunciado por la suma de pesos ($5.181) en concepto de capital, con más la suma de pesos ($2500) calculadas provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad de la parte demandada hasta cubrir ambas cantidades, designando depositaria judicial al afectado, y en caso negativo, a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley; debiendo además requerir la manifestación sobre si los bienes embargados registran prenda o algún gravamen y que, en su caso, se indique el monto del crédito, nombre, domicilio del o los acreedores.- IV.- La citará de remate para que dentro del plazo de cinco días comparezca ante este Juzgado y Secretaria a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución.- V.- Por igual término le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres Kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sean su naturaleza (arts. 52 y 154 del CPC).- VI.- A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto, líbrese Mandamiento al Señor Oficial de Justicia, con facultades de ley.- VII.- Notificaciones en Secretaria, Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado.- VIII.- Notifíquese por cedula.- Fdo. Dr. Juan Carlos Correa-Juez por Habilitación-Ante mi Dra. Mariana Rebeca Roldan-Secretaria.- Publíquese en un Diario Local y Boletín Oficial tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 29 de Agosto de 2017.-

 

01/04/06 JUN. LIQ. Nº 14063 $465,00.-