BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 01/06/18
ORDENANZA Nº 009-C.M.V./2018.-
VOLCÁN, 15 de Mayo de 2018.-
VISTO:
La necesidad de contar en la Comisión Municipal de Volcán con un Código Procesal de Faltas Municipal…y;
CONSIDERANDO:
Que, el Código Procesal de Faltas Municipal es compatible con las disposiciones generales del Código Penal de la Nación, Código Civil de la Nación Argentina, Código Procesal Penal y Código Procesal Civil de la Provincia de Jujuy y Ley Nº 4466/89 Orgánica de los Municipios.
Que, es competencia del Concejo Comunal velar por la seguridad pública, por el control judicial de hechos y actos municipales referentes a contravenciones a faltas municipales.
Por ello:
El CONCEJO COMUNAL DE LA
COMISIÓN MUNICIPAL DE VOLCÁN
ORDENA:
ARTÍCULO 1°: TENGASE por “Código Procesal de Faltas Municipal” el ordenamiento que como anexo se adjunta y que está compuesto de cinco (5) Títulos, diez (10) Capítulos y cincuenta y nueve (59) Artículos, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 2°: COMUNICAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y demás efectos, con copia a Tesorería Municipal a sus efectos, regístrese y archívese de forma.-
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Comunal de Volcán a los 15 días del mes de Mayo de 2.018.-
Marcos Ariel Velásquez
Presidente
Comisión Municipal de Volcán
18/30 MAY. 01 JUN.S/C