BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 01/06/18

ORDENANZA Nº 009-C.M.V./2018.-

VOLCÁN, 15 de Mayo de 2018.-

VISTO:

La necesidad de contar en la Comisión Municipal de Volcán con un Código Procesal de Faltas Municipal…y;

CONSIDERANDO:

Que, el Código Procesal de Faltas Municipal es compatible con las disposiciones generales del Código Penal de la Nación, Código Civil de la Nación Argentina, Código Procesal Penal y Código Procesal Civil de la Provincia de Jujuy y Ley Nº 4466/89 Orgánica de los Municipios.

Que, es competencia del Concejo Comunal velar por la seguridad pública, por el control judicial de hechos y actos municipales referentes a contravenciones a faltas municipales.

Por ello:

El CONCEJO COMUNAL DE LA

COMISIÓN MUNICIPAL DE VOLCÁN

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: TENGASE por “Código Procesal de Faltas Municipal” el ordenamiento que como anexo se adjunta y que está compuesto de cinco (5) Títulos, diez (10) Capítulos y cincuenta y nueve (59) Artículos, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 2°: COMUNICAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y demás efectos, con copia a Tesorería Municipal a sus efectos, regístrese y archívese de forma.-

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Comunal de Volcán a los 15 días del mes de Mayo de 2.018.-

 

Marcos Ariel Velásquez

Presidente

Comisión Municipal de Volcán

18/30 MAY. 01 JUN.S/C