BOLETÍN OFICIAL Nº 58 – 23/05/18

Dr. R. Sebastian Cabana – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, hace Saber A La Sra. María Paula Martínez Calsina, D.N.I. Nº 25.377.908 que en el Expte Nº C-065.657/16, caratulado: “Prepara Vía Ejecutiva: Ortega, Adrián Teofilo – Gallardo, Patricia Lialiana c/ Zamar, Amado – Martínez Calsina, María Paula”, se dictó los siguientes: PROVEIDO DE FS.103:“San Salvador de Jujuy, 26  de ABRIL del 2018.- Habiéndose agotado la vía dispuesta por el Art. 162 del C.P.C., y lo solicitado precedentemente, notifíquese el proveído de fs. 39 mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber a la accionada María Paula Martínez Calsina, D.N.I. Nº25.377.908 que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quién se seguirá el juicio (art. 474 del C.P.C.).… .-Notifíquese art.154 del C.P.C.- rfs. FDO.DR.R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Cecilia Farfan: Secretaria”  Es Copia.-Proveído de Fs.39:“San Salvador de Jujuy, 14 de Junio de 2016.- Avocase el suscripto al conocimiento de la presente causa. Téngase por presentado a los Sres. Adrián Teofilo Ortega y Patricia Liliana Gallardo, por sus propios derechos, con el patrocinio letrado de la Dra. Graciela Mabel Garzón, por parte y por constituido domicilio a los efectos procesales.- Hágase saber a la letrada interviniente en la causa, que el Expte. Nº C-065.657/16, caratulado:”Prepara Vía Ejecutiva: Ortega, Adrián Teofilo-Gallardo, Patricia Liliana c/ Zamar, Amado-Martínez Calsina, María Paula”, se encuentra radicada en nuestro Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7.- Atento a la demanda Ejecutiva con Preparación de vía promovida por cobro de alquileres y los dispuesto por los Arts.472,473 y corr. del C.P.C., ordenase citar a….María Paula Martínez Calsina, D.N.I. Nº25.377.908, en los domicilios denunciados para que concurran ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Nº 7, dentro del plazo de cinco días, a partir de su notificación, a fin de que en audiencia reconozcan o no el contenido y firma del instrumento que se exhibirán en ese acto, asimismo para que manifiesten si es o fueron locatarios y en su caso se exhiban el último recibo o indiquen el precio convenido y exprese la fecha de la desocupación, art. 473 inc.2do. del C.P.C., bajo apercibimiento de tenerlos por confeso art.475 del C.P.C.. Notifíquese por Art.154 del C.P.C.- rfs. Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Cecilia Farfan: Secretaria” Es Copia.- Publíquese en el Boletan Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Salvador de Jujuy, 26 de Abril de 2.018.-

 

18/21/23  MAY. LIQ. Nº 14118 $465,00.-