BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 18/05/18
EXPTE Nº 0300-072-2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 NOV. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase por autorizada y concedida Licencia Extraordinaria Sin Goce de Haberes, prevista por el Artículo 10°, inc. b) de la Ley N° 4352 (modificada por similar N° 4758), a favor del Agente Categoría A-2 de la planta de personal permanente de la Fiscalía de Estado, CPN MANUEL ALFREDO ALANIZ, DNI N° 22.777.050, con retroactividad al 14 de Febrero de 2017, y mientras duren las funciones superiores de “Gerente Administrativo” del Instituto de Seguros de Jujuy, asignadas por Resolución N° 025-ISJ-D-2017.-
ARTICULO 2°.- Ratificase en todos sus términos la Resolución N° 025-1SJ-D-2017 dictada por el Directorio del Instituto de Seguros de Jujuy.-
ARTICULO 3°.- Por intermedio de Fiscalía de Estado comuníquese de los términos del presente Decreto al Instituto de Seguros de Jujuy, Unidad de Control Previsional y/u organismo pertinente.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR