BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 16/05/18
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETO N° 0709.18.006.-
EXPEDIENTE N° 16-4601-2018-1.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 ABR. 2018.-
VISTO:
Las disposiciones contenidas en el Artículo 11º de la Ordenanza Nº 6666/2014, (Código de Faltas Municipales), que establece que “… La multa será determinada en la unidad de medida denominada Unidades Fijas (UF), que representan el menor valor en la ciudad de San Salvador de Jujuy de un (01) litro de nafta súper … El Juzgado de Faltas deberá cada noventa (90) días hacer pública una resolución plenaria en la que se establezca el valor actualizado de las UF…”; y
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento de las disposiciones antes mencionadas, el Juzgado Administrativo de Faltas Municipal, emitió la Acordada Nº 02/JAFM/2018, la que actualiza el valor de las Unidades Fijas atener en cuenta como referencia para el cálculo de las multas previstas en el Código de Faltas Municipal, quedando fijada en la suma de pesos VEINTITRES CON 0/100 ($ 23,00);
Que, asimismo la normativa mencionada ut supra establece que la actualización establecida por el Juzgado Administrativo de Faltas Municipal tendrá vigencia a partir de su toma de razón por parte del Departamento Ejecutivo Municipal y su publicación en el Boletín Oficial;
Que, a los efectos de imprimir el marco legal adecuado a la actualización dispuesta por el Juzgado Administrativo de Faltas Municipal, se hace necesario emitir el correspondiente dispositivo legal en tal sentido;
Por ello:
EL INTRENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- A partir de la publicación del presente dispositivo legal y de la Acordada Nº 02/JAFM/2018 en el Boletín Oficial Municipal, actualizase el valor de la Unidad Fija (UF) a tener en cuenta como referencia para el cálculo de las multas previstas en el Código de Faltas Municipal y normas complementarias, la que queda fijada en la suma de pesos VEINTITRES CON 0/100 ($ 23,00).-
ARTICULO 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial y pase a sus efectos a la Dirección General de Informática, Secretaría de Servicios Públicos, Juzgado Administrativo de Faltas Municipal y a la Dirección General de Prensa y Difusión.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente