BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 16/05/18

DECRETO Nº 3025-DH/2017.-

EXPTE Nº NL 771-0038/2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 ENE. 2017.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio N° 2371 sobre el Proyecto denominado “Promoción del Buen Trato hacia las Personas Mayores”, celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familla, representado por entonces su titular, Dra. Yael BENDEL y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, representado por su titular, Lic. Ada Cesilia GALFRÉ; y

CONSIDERANDO:

Que, el mencionado Convenio, tiene como objeto la implementación en la localidad de Palma Sola del Proyecto denominado “Promoción del Buen Trato hacia las Personas Mayores”, en el marco del Programa Nacional de Educación, Cultura y Comunicación Comunitarias de Personas Mayores, cuya finalidad es la promoción y abordaje de la temática de los Buenos Tratos hacia las Personas Mayores, entendiendo a estas como las formas de interacción y relación con otro y con su entorno donde transcurre la vida cotidiana de las Personas Mayores, favoreciendo el desarrollo y crecimiento personal de cada una de ellas;

Que, asimismo el Ministerio de Desarropo Humano, según la Ley Nº 5875 “Orgánica del Poder Ejecutivo”, está facultado para “intervenir en la celebración de convenios o contratos en las materias de su competencia y con sujeción a disposiciones constitucionales y legales”;

Que, a efectos de financiar la ejecución del mencionado Convenís, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia se compromete a transferir al Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy la suma de Pesos Ochenta Mil Quinientos ($ 80.500), en concepto de subsidio no reintegrable sujeto a rendición da cuentas destinado a cubrir los gastos correspondientes al cumplimiento del mismo;

Que, en las cláusulas que conforman el mismo .se establecen las acciones a desarrollar en el ámbito de sus competencias, a las que se someten las partes intervinientes;

Que, a fs. 03/13 obra original de Convenio Nº 2371 y su Anexo N° I suscripto en fecha 22 de Noviembre de 2016;

Que, a fs. 14/15 Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano emite, dictamen de competencia, compartido a fs. 17 vta, por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado de cuyos términos, se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión  del presente Decreto;

Que, el Art. 3 Inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Jujuy establece que la Provincia podrá celebrar tratados y Convenios con el Gobierno Federal, otras Provincias o Entes de Derecho Público o Privado que favorezcan intereses recíprocos o que contribuyan a su progreso económico y social, por lo que la celebración del presente acuerdo se ha realizado en consonancia con lo allí dispuesto;

Por ello, en uso de sus facultades que le son propias y a los fines de su regularización administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Téngase por aprobado el Convenio N° 2371 sobre Proyecto denominado “Promoción del Buen Trato hacia las Personas Mayores” y su Anexo Nº I suscripto en fecha 22 de Noviembre de 2016, entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representado por su entonces titular, Dra. Yael BENDEL y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, representada por su titular, Lic. Ada Cesilia GALFRÉ; de conformidad a lo manifestado en el exordio.‑

ARTICULO 2.- Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio, que se aprueba por el Artículo 1º.-

ARTICULO 3°.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, – pase – a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas y Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial, remítase al Ministerio de Desarrollo Humano a sus efectos. Cumplido, archívese.

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR