BOLETÍN OFICIAL Nº 53 – 11/05/18
Dr. Juan Pablo Calderón Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-056471/15 “BARRIOS NESTOR DARIO c/ MARTINEZ ADRIAN NORMANDO JESUS S/ Ejecutivo” hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: “San Salvador de Jujuy, 11 de Mayo de 2016.- Autos y Vistos:… Considerando:… Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por BARRIOS, NESTOR DARIO en contra de MARTINEZ, ADRIAN NORMANDO JESUS, D.N.I. 30.766.035, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Doce Mil ($12.000,00) aplicando al capital reclamado por la actora, el interés que se liquida por aplicación de la tasa activa, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05” (Sala I del Tribunal del Trabajo), Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: “Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro), desde la mora (20/11/15) y hasta el efectivo pago. II.- Regular los honorarios profesionales del DR. CARLOS ABEL DAMIAN AGUIAR en la suma de Pesos Dos Mil ($2.000,00), por la labor desarrollada en autos, como apoderada de la actora y que en caso de mora en el pago de los mismos, devengara los intereses conforme Tasa Activa de acuerdo a la citada Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia y enunciada precedentemente, con más I.V.A. si correspondiere. III.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.). IV.- Notificar la presente resolución a la accionada en el domicilio real y las futuras por Ministerio de Ley. V.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia. VI.- Firme la presente por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa. VII- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes y a C.A.P.S.A.P.- “Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón -Juez- Ante mi: Dra. Amelia del Valle Farfán. Prosecretaria.- y “S. S. de Jujuy, 03 de noviembre de 2017.- I.- El informe actuarial que antecede, téngase presente.- II.- Proveyendo a la presentación de fs.77, atento a lo informado precedentemente, notifíquese al demandado MARTINEZ, ADRIAN NORMANDO JESUS, DNI. Nº 30.766.035 por medio de Edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 474 del C.P.C., la Resolución de fs.15/16 de fecha 11 de mayo de 2016 y el presente. III.- Para el caso que el demandado no se presente a hacer valer sus derechos, se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobre y Ausentes que por turno corresponda (Art. 474 in fine del C.P.C.).- IV.- A tal fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.- V.- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art.72 del C.P.C., impónese al solicitante la carga de confeccionar el mismo para su posterior control y firma.- VI.- Notifíquese Art. 154 del C.P.C.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón-Juez- Ante mi: Dra. Amelia del Valle Farfán-Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, a los 09 días del mes de Noviembre del 2017.-
07/09/11 MAY. LIQ. Nº 13843 $465,00.-