BOLETÍN OFICIAL Nº 130 – 19/11/08

Icon_PDF_6

DECRETO Nº 1420-H.-

EXPTE. Nº 500-376-2008.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 JUL. 2008.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Otórgase, a partir del 1º de julio de 2008, el carácter remunerativo y bonificable a la suma de $ 30 del adicional reconocido por Decreto Nº 7574-H-07 bajo los requisitos y con las excepciones que el mismo establece.

ARTICULO 2º.- Otórgase, a partir del 1º de septiembre de 2008, el carácter remunerativo y bonificable a la suma de $ 30 del adicional reconocido por Decreto Nº 7574-H-07 bajo los requisitos y con las excepciones que el mismo establece.

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR