BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 03/12/08

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LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5585

ARTICULO 1.- Institúyase en el ámbito de la Provincia de Jujuy el día 30 de octubre de cada año, como “Día de la Recuperación de la Democracia en la República Argentina”.-

ARTICULO 2.- A los fines de dar cumplimiento al artículo anterior, el Ministerio de Educación deberá incluir esta fecha en el Anuario Escolar de la Provincia de Jujuy para cada año lectivo.-

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de octubre de 2008.

 

Dr. Alberto Miguel Matuk

Secretario Parlamentario

Pedro A. Segura Lopez

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXP. Nº 200-489/2008.-

CORRESP. A LEY Nº 5585.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 NOV. 2008.-

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese integramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Educación, Ministerio de Gobierno y Justicia, Secretaria de Derechos Humanos para su conocimiento y oportunamente, ARCHIVESE.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR