BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 09/05/18

DECRETO Nº 3024-DH/2017.-

EXPTE Nº 769-820/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 ENE. 2017.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio Nº 1665 Especifico para la Implementación del Plan Nacional de Primera Infancia y su Anexo I, celebrado entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representado por su titular, Dra. Yael Silvana Bendel y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, representada por su titular, Lic. Ada Cesilia Galfre; y

CONSIDERANDO:

Que, el mencionado Convenio tiene por objeto garantizar el desarrollo integral de niños y niñas de 45 días a 4 años de edad en situación de vulnerabilidad social en pos de favorecer la promoción y protección de sus derechos en la provincia, colaborando recíprocamente entre las partes para el fortalecimiento del espacio de Primera Infancia “DR. GUILLERMO EUGENIO SNOPEK”;

Que, en el marco de la Ley N° 26.061 se determina un sistema integrado de protección del Derecho de los Niños y Adolescentes, conformado por tres niveles (Nacional, Federal y Provincial), autorizando la celebración de convenios entre las distintas jurisdicciones que realicen los objetivos de dicha normativa, a efectos de permitir una actuación articulada en los sistemas de tutela;

Que, a efectos de financiar la ejecución del Convenio en cuestión. Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia se compromete a transferir al Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, en concepto de subsidios no reintegrables, un subsidio mensual por cada niño/a asistente al espacio Primaria Infancia cuyo valor es de Pesos Trescientos Cincuenta ($ 350.-), siendo la modalidad de transferencia semestral;

Que, asimismo el monto comprometido por, la Secretaria Nacional mencionada ut supra, para el primer semestre será la suma de Pesos Doscientos Mil ($ 200.000.-) en concepto de subsidio único inicial y de Pesos Trescientos Veintinueve Mil Setecientos ($ 329.700.-) en concepto de subsidio mensual, lo que asciende a un monto total de Pesos Quinientos Veintinueve Mil Setecientos ($ 529.700.-);

Que, en las cláusulas que conforman dicho Convenio, se establecen las acciones a desarrollar en el ámbito de sus competencias, a las que se someten las partes intervinientes;

Que, a fs. 69/70 el Dpto. Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Humano emite dictamen de competencia, el cual es compartido a fs. 72 vta, por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado de cuyos términos se desprende que sé encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;

Por ello, en usos de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por aprobado el Convenio N° 1665 Especifico para la Implementación del Plan Nacional de Primera infancia y su Anexo I, celebrado entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representado por su titular, Dra. Yael Silvana Bendel y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, representada por su titular, Lic. Ada Cesilia Galfre, obrante a fs. 24/42, de conformidad a lo manifestado en el exordio.‑

ARTICULO 2°.- Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio que se aprueba por el Artículo precedente.‑

ARTICULO 3°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial, pase al Ministerio de Desarrollo Humano – Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, a sus efectos.

Cumplido, archívese.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR