BOLETÍN OFICIAL Nº 02 – 06/01/10
ORDENANZA Nº 22 CCCMY-2009.-
YALA, 30 NOV. 2.009.-
El Consejo Comunal de la Comisión Municipal de Yala, en uso de sus atribuciones que le son propias sanciona la siguiente Ordenanza:
ARTICULO 1º: LANZAR en el ámbito de la Jurisdicción Municipal de Yala el programa “A CUIDAR MI PUEBLO” a los efectos de prevenir enfermedades endémicas provocadas por la generación de residuos y desechos que se depositan descontroladamente en sectores vulnerables de nuestra comunidad, en especial en los lotes baldíos que se encuentran en total estado de abandono, como así también reparar el daño ambiental erradicando los factores de riesgo que constituyen esas situaciones nocivas, en especial en cuanto facilitan la reproducción de la larva del mosquito Aedes aegypti, esencialmente evitando con ello el brote de la enfermedad del dengue en esta Jurisdicción y en caso de producirse el mismo evitar su propagación.
ARTICULO 2º: DEL PROGRAMA A CUIDAR MI PUEBLO.
Esta absolutamente vedados a los vecinos y visitantes arrojar o depositar residuos, desechos, sean ellos orgánicos e inorgánicos en lugares no habilitados para tales fines. La prohibición alcanza al depósito de escombros de toda clase, restos de podas, etc., y es abarcativa no solo en lo que respecta a los espacios de dominio público, sino también aquellos de dominio privado en donde su incumplimiento pueda atentar la salud de la población. Asimismo los propietarios, poseedores o simples tenedores de aquellos inmuebles que se encuentren en la condición de baldíos deberán proceder de inmediato a mantenerlos limpios de malezas, escombros o de cualquier otro elementos hostil sea orgánico e inorgánico que pueda generar focos infecciosos perniciosos hacia la salud de la comunidad en general.
SALA DE SESIONES, 30 de Noviembre del año 2.009.-
Dr. Facundo Vargas Duran
Presidente
06 ENE. LIQ. Nº 85985 $ 20,50.-