BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 18/03/09

DECRETO  Nº 2487-DS.-

EXPTE. Nº 765-1040/08. Agdos. Nº 768-01047/08, 767-233/08.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2008.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Desarrollo Social, la adquisición de Bienes de Capital consignados en el Anexo I parte integrante del presente, por hasta la suma de Pesos Treinta y Dos Mil Doscientos Cincuenta ($ 32.250); de conformidad a lo expresado en el exordio.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR