BOLETÍN OFICIAL Nº 17 – 10/02/10

Icon_PDF_6DECRETO Nº 3476-DS.-

EXPTE. Nº 765-0437/07.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2009.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.– Modificase parcialmente el Artículo 2 del Decreto Nº 7840-DS- de fecha 27 de Abril de 2007, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 2º.- El Gasto que demanda lo dispuesto en el Artículo 1º se imputará a la siguiente Partida Presupuestaria:

Jurisdicción  “S”  Ministerio de Desarrollo Social

U. de O.: S1 Ministerio de Desarrollo Social

Finalidad  1  Administración General

Función  7  Administración General Sin Discriminar

Sección  1  Erogaciones Corrientes

Sector  1  Operación

  1. Principal 2 Bienes y Servicios No Personales
  2. Parcial 2 Servicios No Personales
  3. Sub Parcial 1 Servicios No Personales

Total——————————-$ 277.000”

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR