BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 12/02/10
EXPTE. Nº 615-629/06.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 SET. 2009.-
VISTO
Este expediente iniciado por la INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY, caratulado: Contratos de Locación de Obra del Personal del INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY por el año 2.006”, y
CONSIDERANDO:
Que las contrataciones en cuestión obrantes en estas actuaciones cuentan con la autorización previa del Poder Ejecutivo (fs. 1) de conformidad a lo establecido en el Art. 4º Inc. c) de la Ley Nº 5233 “De Mantenimiento de Emergencia Económica y Administrativa”.
Que el trámite administrativo llevado adelante en autos cuenta con la debida intervención de las Direcciones de Personal (fs. 735 y 738), de Presupuesto (fs. 740 y 741) y Contaduría de la Provincia (fs. 742 y 743) en su carácter de organismo de verificación y control.
Que el Asesor Legal de Fiscalía de Estado a fs. 751 y vta. y 755 emite dictámenes con relación a las presentes actuaciones, compartidos por el entonces Coordinador del Departamento Asuntos Legales de esa Fiscalía, aconsejando la continuidad de estos obrados con el objeto de obtener la aprobación de los mencionados contratos
Por ello, y a los fines de su regularización administrativa.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.– Ténganse por aprobados y por cumplidos los Contratos de Locación de Obra suscriptos entre el INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY representado por su entonces titular, Ingeniero Alberto Sergio BUSIGNANI y las personas que se detallan a continuación…
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR