BOLETÍN OFICIAL Nº 147 – 29/12/17

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6057.-

ACTUALIZACIÓN DEL MONTO DE LA SUMA ASEGURADA Y PREMIO EN EL SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO PARA DEPENDIENTES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ARTÍCULO 1.-Establécese como suma asegurada el monto de pesos cien mil ($100.000) para el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio para todos los dependientes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Organismos Centralizados y Descentralizados; Entidades Autárquicas, Empresas o Sociedades con participación del Estado y los Municipios; y en concepto de premio mensual, la suma de pesos ciento veintiuno con ochenta y seis centavos ($121,86) cubriendo el riesgo de fallecimiento.-

ARTÍCULO 2.-La suma asegurada y el premio del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio, serán fijados y revisados periódicamente por el Instituto de Seguros de Jujuy, mediante Resolución del Directorio, conforme la normativa vigente en materia de seguros y parámetros establecidos por la Superintendencia de Seguros de la Nación o el organismo que la reemplace, ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial.-

ARTÍCULO 3.-La vigencia de la presente Ley se establece a los noventa (90) días corridos contados desde su publicación en el Boletín Oficial.-

ARTÍCULO 4.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Diciembre 2017.-

 

Dr. Nicolás Martín Snopek

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

C.P.N. Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. N° 200-846/17.-

CORRESP. A LEY N° 6057.- –

SAN SALVADOR DE JUJY, 27 DIC. 2017.-

 

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Salud, Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Educación; Ministerio de Trabajo y Empleo; Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente; Ministerio de Seguridad y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR